La Sección de Atención a combatientes posee dentro de sus prioridades:

  1. Asegurar el sistema de atención social, Material, Médica y económica al personal que cumple o cumplió tareas de interés en la defensa.
  2. Chequear y controlar que los centros de trabajo cumplan con los procedimientos establecidos, en relación a las normas de Seguridad Social para los familiares de los fallecidos en misión, incapacitados físicos y enfermos civiles. (Colaboración). En caso de fallecimiento o incapacidad de un reservista, se solicitará a un  centro de trabajo la certificación de salario para la tramitación de la seguridad social por las FAR.
  3. Ejecutar la entrega de las comunicaciones de altas y bajas del personal reservista destinado a cumplir misión militar, a los respectivos centros de trabajo.
  4. Comprobar las situaciones presentadas por los familiares cuando se solicita por estos el regreso de un internacionalista y de ajustarse a lo establecido, elevará a la Dirección Provincial de Atención las conclusiones del caso para que esta proceda de acuerdo a lo reglamentado en este aspecto.
  5. Atender los funerales de los familiares allegados del internacionalista (madre, padre, esposa, hijos, hermanos). En el caso del combatiente informará a la Dirección Provincial de Atención, si es colaborador civil al organismo provincial al cual pertenece, utilizando el procedimiento establecido para ello.

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