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Trámites en línea:
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¿Qué es un Recurso de Apelación?
Escrito mediante el cual un infractor o inspeccionado manifiesta su inconformidad con las multas y demás medidas impuestas, éste no requiere formalidad alguna, puede ser manuscrito a lapicero, solo debe consignar la fecha de reclamación y la firma del infractor al final de la hoja.
¿Cómo culmina un proceso de apelación?
Este proceso concluye con la notificación personal al reclamante de la Resolución emitida por la Directora de la entidad en la que resuelve el Recurso de Apelación interpuesto
¿Cómo pudiera quedar resuelto un Recurso de Apelación?
Las posibles respuestas a un Recurso de Apelación son las siguientes:
CON LUGAR: Es declarar a favor del apelante, el Recurso interpuesto, por lo que se exonera al infractor de la totalidad de las medidas aplicadas, esto se resuelve mediante Resolución antes mencionada. La persona no paga el importe de la multa impuesta y en caso de ya haberla pagado se le devuelve el 100% de la cuota depositada en la Oficina de Cobro y Control de Multas.
CON LUGAR EN PARTE: Se modifica en algo las medidas o tipificaciones aplicadas, pues por lo general ambas partes (inspeccionado e inspector) tienen cuotas de razón en lo planteado durante el proceso, puede modificarse el importe de la multa aplicada u otras medidas impuestas, esto se resuelve mediante Resolución antes mencionada. La persona puede pagar la multa impuesta en su totalidad o disminuida al 50%, de haber pagado antes de la notificación de la resolución todo o parte de la cuantía de la en la Oficina de Cobro y Control de Multas, se le devuelve según corresponda.
SIN LUGAR: Se ratifican la totalidad de las medidas aplicadas y no se hace variación alguna en la tipificación. La persona paga el importe total de la multa impuesta en la Oficina de Cobro y Control de Multas.
¿Cómo un infractor pudiera establecer un Recurso de Apelación?
La secuencia de lo que debe hacerse en los procesos de apelación es la que se enumera a continuación:
La Directora Municipal, queda responsabilizada con todo el Proceso de Apelación. Responsabilidad No Delegable en ninguna otra persona. Así como notificar la respuesta al Recurso dentro de los términos establecidos, los que le serán comunicados al reclamante en el momento de la entrevista.
Los términos para resolver el recurso son 15 días naturales siguientes a la recepción del recurso, lo cual se notificará mediante Resolución firmada por la Directora. La que se notificará dentro de los 3 días naturales siguientes a la fecha de la decisión. En el caso del Decreto Ley 315/13 los términos son, para resolver 20 días y para notificar 3 días, en ambos casos días hábiles.
Nota. Se anexan las Normas legales que utiliza la dirección para el ejercicio de sus funciones. Si desea usted las puede descargar aquí…
Área: Precio y Comercio Minorista
Área: Sector laboral no estatal.
Área: Higiene Comunal, Ornato Público y Uso Racional del Agua.
¿Cómo ingresar a la Dirección de Inspección?
A continuación los documentos que debe presentar para iniciar el proceso de verificaciones:
Con la documentación antes expuesta se procederá a verificar en la zona de residencia, centros de trabajo anteriores y cuantos lugares aporten información, sobre los aspirantes a ingresar a la dirección donde serán revisados los siguientes aspectos:
En todos los casos se obtendrá de los informantes: Nombre y Apellidos, No. Carne de Identidad, Cargo administrativo o en la organización y Firma, elementos que validarán el aval, pero que solo se serán de consulta por el personal designado por el director para la evaluación de las propuestas. Una vez concluido el proceso de resultar captado, estos documentos se incorporaran al expediente que se le habilita a los trabajadores del sistema, de lo contrario se procederá a su incineración.
El Comité de Ingreso se designará por la Directora y se integra como mínimo por tres compañeros, los que evaluaran todo lo relacionado con la documentación presentada por los aspirantes, este comité propondrá a la Dirección del centro mediante documento escrito los argumentos que sustenta sus propuestas, para que se adopten las decisiones correspondientes y se proceda a formalizar las relaciones de trabajo.
Para la selección del personal se deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: Requisitos mínimos: graduado de nivel medio para la DI Municipal con curso de habilitación y adiestramiento en las normas jurídicas objetos de inspección. El personal a seleccionarse puede ser por promoción, traslado de otra entidad u órgano, o solicitud propia. Las comprobaciones se realizarán en la zona de residencia, en centros donde haya laborado con anterioridad u otros lugares que se considere necesario; se analizará los antecedentes penales; se comprobará la veracidad del TÍTULO que avala el nivel escolar vencido. Una vez aprobados en el cargo, se realizarán verificaciones cada 6 meses en la zona de residencia de los inspectores y especialistas principales.