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    Disposiciones Jurídicas Resoluciones No. 54 y 55/14 del Instituto de Planificación Física

    La asignación de parcelas y solares yermos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio se realiza a personas naturales que previamente sean autorizadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM) correspondiente y se legaliza ante la DMPF.

    Una vez recibido el Acuerdo del CAM, se realiza el pago por concepto de terreno, en la sucursal bancaria del lugar donde se encuentre este.

    Término: 60 días para el pago del solar en la sucursal bancaria.

    Término: 50 días hábiles a partir de la presentación del slick bancario que acredita el pago del solar para obtener la Resolución que reconoce el Derecho Perpetuo de Superficie.

    Se establecen como causales y prioridades para el otorgamiento de parcelas y solares yermos estatales las siguientes:

    1. Afectado por desastres;
    2. Necesitado en erradicar condiciones de precariedad;
    3. Casos sociales y albergados;
    4. Los ubicados en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales y otros; y
    5. Por interés económico-social: se aplica en cumplimiento de políticas económicas y sociales del país, a los efectos de asentar fuerza de trabajo y garantizar el desarrollo económico del territorio en correspondencia con los planes de ordenamiento territorial y urbano aprobados.

    También para solucionar déficit de viviendas, problemas de hacinamiento y convivencia, y otros relacionados con el estado técnico constructivo de la vivienda.

    El régimen jurídico de las parcelas y solares yermos estatales que se asignen es en concepto de Derecho Perpetuo de Superficie, y podrá ser otorgado a varias personas naturales para construir sus viviendas en una misma edificación y a una persona natural para construir una vivienda unifamiliar.

    2 Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m. 

    Las personas naturales presentan su solicitud ante el funcionario de Planificación Física (OGTV). El expediente contendrá solicitud y su fundamentación, nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar y declaración jurada de que no posee otra vivienda ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir vivienda por esfuerzo propio.

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    Últimos comentarios publicados

    • 2 años atrás
      En el artículo se deja bien claro el procedimiento, debe ser asociado a una CCS y solicitar en la ...

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    • 2 años atrás
      hola como debo hacer para hacer un pozo en mi casa ubicada en la carretera de carambola

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    • 3 años atrás
      Thanks for finally talking about >Nuestra región - Portal Candelaria

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    • 3 años atrás
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    • 3 años atrás
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